Published October 28, 2024 | Version v1
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El derecho de separación por falta de distribución de dividendos en el seno de los grupos de sociedades

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El apartado cuarto del artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital, incorporado por la Ley 11/2018, de 28 de diciembre reconoce un derecho de separación alternativo (cumulativo al del derecho de separación en cuentas individuales) en base a los resultados consolidados del grupo. La finalidad de la norma es la de garantizar a los socios de la sociedad dominante su propio derecho de separación en caso de insuficientes dividendos, lo que constituye una auténtica novedad respecto a la redacción anterior del precepto

Abstract

Ministerio de Economía, Industria y Competitividad DER2017-84775-C2-1-P

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URL
https://idus.us.es/handle//11441/164183
URN
urn:oai:idus.us.es:11441/164183

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